Título oficial:
Inspección de Condiciones Generales de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Descripción:
Consiste en vigilar el cumplimiento de la normatividad vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo, con la finalidad de prevenir riesgos laborales, a través de los diversos tipos de inspección, las cuales son:
1. Asesoría y Asistencia Técnica;
2. Constatación de Datos y Determinación de Competencia;
3. De la Supervisión;
4. Ordinarias, que a su vez pueden ser iniciales, periódicas y de comprobación;
5. Extraordinarias, este tipo de inspecciones se llevaran a cabo, según lo ordena la Ley Federal del Trabajo, entre otros supuestos, cuando existan quejas o denuncias por cualquier
medio o forma, de posibles violaciones a la legislación laboral.
A quién está dirigido:
Dirigido a patrones para constatar el cumplimiento de las obligaciones que le impone la ley laboral en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Beneficios:
Los trabajadores, pues las autoridades laborales cumpla con las obligaciones que le impone la ley laboral en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Requisitos:
Por mandato de ley, la autoridad laboral está obligada a vigilar el cumplimiento de la normatividad en los centros de trabajo de jurisdicción local. No obstante, para llevar a cabo una inspección extraordinaria en seguridad y salud es necesario recibir una queja, denuncia o solicitud, por cualquier persona que tenga conocimiento de que existen irregularidades en un centro de trabajo.
En el caso de una queja puede ingresarse en las oficinas de la Secretaría del Trabajo del Estado de México, o bien al correo electrónico institucional stdgt@edomex.gob.mx en la cual los datos del denunciante son totalmente anónimos.
Información adicional:
Las autoridades de las entidades federativas auxilian a las del orden federal en la promoción, aplicación y vigilancia del cumplimiento de las normas de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo.
El patrón puede suscribirse al Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo que lleva a cabo la autoridad laboral federal, con la finalidad de obtener un certificado, a través del cual la autoridad le brinda al patrón un voto de confianza y lo exima de llevar a cabo en su centro de trabajo una inspección de tipo ordinaria, salvo que exista queja en contra del patrón suscrito en dicho programa.
En el siguiente link pueden suscribirse al Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo:
http://servicioselectronicos.stps.gob.mx/portalservelec/Empresas/RegistroEmpresas.aspx
Trámite gratuito.